Planificación para sus sobrevivientes
A medida que planifique para el futuro, querrá pensar en lo que necesitará su familia en caso de que usted fallezca. El Seguro Social puede ayudar a su familia si usted tiene suficientes créditos de Seguro Social acumulado a través de su trabajo.
Puede acumular hasta cuatro créditos por año. En 2024, por ejemplo, acumula 1 crédito por cada $1,730 de salario o ingresos de trabajo por cuenta propia. Cuando haya ganado $6,920, habrá acumulado los 4 créditos anuales.
El número de créditos necesarios para proveer beneficios a sus sobrevivientes depende de su edad al momento de fallecer. Nadie necesita más de 40 créditos (10 años de trabajo) para tener derecho a recibir cualquier beneficio del Seguro Social. Sin embargo, mientras más joven sea la persona, menos créditos necesitará para que sus familiares reciban beneficios de sobrevivientes.
Puede obtener beneficios si tiene créditos por 1 año y medio de trabajo (6 créditos) dentro del período de 3 años antes de su fallecimiento.
Beneficios para su cónyuge sobreviviente
Hay aproximadamente 4 millones de cónyuges sobrevivientes que reciben beneficios mensuales de Seguro Social bajo el registro de ganancias del cónyuge fallecido. Para muchos de esos sobrevivientes, esos beneficios ayudan a satisfacer sus necesidades básicas.
Su cónyuge sobreviviente puede recibir:
- Beneficios reducidos a partir de los 60 años.
- Beneficios a partir de los 50 años si tiene una incapacidad Y la incapacidad comenzó antes o dentro de los 7 años luego de su fallecimiento.
- Beneficios a cualquier edad, si no se ha vuelto a casar, y si cuida a su hijo menor de 16 años o que tiene una incapacidad y recibe beneficios para niños.
Si está solicitando para beneficios por incapacidad bajo el registro del trabajador fallecido, puede acelerar el proceso de solicitud si llena el Adult Disability Report (Informe de incapacidad para adultos). Deberá tenerlo disponible al momento de su cita.
Usamos la misma definición de incapacidad tanto para cónyuges sobrevivientes como para trabajadores.
Beneficios para su cónyuge divorciado sobreviviente
Si tiene un cónyuge divorciado sobreviviente, podría tener derecho a recibir los mismos beneficios que un cónyuge sobreviviente siempre y cuando el matrimonio entre ustedes haya durado más de 10 años.
El beneficio pagado a un excónyuge sobreviviente no afectará la cantidad de beneficios que sus otros sobrevivientes recibirán basado en su registro de ganancias.
Si su excónyuge sobreviviente está cuidando a su hijo menor de 16 años o que tiene una incapacidad y recibe beneficios bajo su registro, no tendrá que cumplir con la regla de duración de 10 años de matrimonio. El niño debe ser su hijo biológico o legalmente adoptado.
Beneficios para sus hijos
Sus hijos solteros menores de 18 años (o hasta los 19 años si asisten a tiempo completo a la escuela primaria o secundaria) pueden tener derecho a recibir beneficios de Seguro Social cuando usted fallezca.
Además, un hijo puede obtener beneficios a cualquier edad si tiene una incapacidad que comenzó antes de los 22 años.
En determinadas circunstancias, sus hijastros, nietos, nietastros o hijos adoptivos pueden recibir beneficios. Para informarse mejor, lea nuestra publicación Beneficios de sobrevivientes.
Beneficios para sus padres
Ya debe proporcionar al menos la mitad de la manutención de su padre. Su padre no debe tener derecho a recibir un beneficio por jubilación que sea mayor que el beneficio que podríamos pagar bajo su registro. Por lo general, su padre tampoco debe casarse después de su fallecimiento. Sin embargo, existen algunas excepciones.
Además de su padre biológico, su padrastro o padre adoptivo puede recibir beneficios si fueron sus padres antes de que tuviera 16 años.
Cuánto recibirían sus sobrevivientes
La cantidad de beneficios que su familia recibiría depende de sus ganancias de trabajo vitalicias promedio. Mientras más altas hayan sido sus ganancias, más altos serían los beneficios de su familia.
Estos son algunos ejemplos de los beneficios que los sobrevivientes podrían recibir:
- Cónyuge sobreviviente en plena edad de jubilación o mayor — 100 % de la cantidad de su beneficio.
- Cónyuge sobreviviente entre los 60 años y la plena edad de jubilación del 71½ % al 99 % de su beneficio básico.
- Cónyuge sobreviviente entre los 50 y 59 años — 71½ %.
- Cónyuge sobreviviente con una incapacidad, a cualquier edad, que tenga a su cuidado un hijo suyo menor de 16 años — 75 %.
- Hijo menor de 18 años (19 años si aún está en la escuela primaria o secundaria) o un hijo con una incapacidad — 75 %.
- Padres dependientes de 62 años o más:
- un padre sobreviviente — 82½ %.
- dos padres sobrevivientes — 75 % por cada padre.
Los porcentajes para un excónyuge sobreviviente serían iguales a los ya mencionados.
También podría existir un beneficio especial de pago global por fallecimiento.
Cantidad máxima de beneficios para su familia
Existe un límite en la cantidad de beneficios que pueden recibir sus familiares mensualmente. Este límite varía, pero por lo general equivale a entre el 150 % y el 180 % de su beneficio básico.
Si la suma de los beneficios que se anticipa pagar a sus familiares es mayor que el límite, entonces los beneficios se reducirán proporcionalmente. (Los beneficios pagados a un excónyuge sobreviviente, ya sea por incapacidad o por edad, no se cuentan hacia la cantidad máxima.)
Vaya a su cuenta personal my Social Security (solo disponible en inglés) para obtener un cálculo de los beneficios que su familia podría recibir si usted falleciera en este momento.
Otras cosas que debe saber
Existen límites en la cantidad de ganancias que los sobrevivientes pueden ganar mientras reciben beneficios.
Los beneficios para un cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente pueden ser afectados debido a varios factores adicionales:
Si se vuelven a casar
Si su cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente se vuelve a casar antes de cumplir los 60 años (o 50 años si tiene una incapacidad), no pueden recibir beneficios como cónyuge sobreviviente mientras el matrimonio actual siga vigente.
Si su cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente se vuelve a casar después de los 60 años (o 50 años si tiene una incapacidad), seguirá teniendo derecho a recibir beneficios bajo su registro de Seguro Social.
Sin embargo, si el cónyuge actual es beneficiario del Seguro Social, es posible que desee solicitar los beneficios como cónyuge bajo el registro de ganancias de su cónyuge actual. Si esa cantidad fuese mayor que los beneficios como cónyuge sobreviviente bajo el registro suyo, recibirá una combinación de beneficios que iguale a la cantidad más alta.
Si tienen derecho a recibir beneficios por jubilación bajo su propio registro
Si su cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente recibe beneficios bajo su registro, puede cambiar a su propio beneficio por jubilación a partir de los 62 años. Esto suponiendo que el cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente tiene derecho a recibir beneficios por jubilación y que dichos beneficios son más altos que los beneficios que recibiría como cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente.
En muchos casos, el cónyuge sobreviviente puede estar recibiendo un beneficio a una tasa reducida y luego, en el futuro, cambiar al otro beneficio sin reducciones.
Si también reciben una pensión basada en empleo donde no pagó impuestos de Seguro Social
Si su cónyuge sobreviviente o excónyuge sobreviviente también recibe una pensión basada en empleo donde no se pagaron impuestos de Seguro Social, tal como un empleo en el gobierno o trabajo en el extranjero, sus beneficios de Seguro Social de sobrevivientes podrían verse afectados.