¿Pueden las personas no ciudadanas recibir beneficios del Seguro Social o Seguridad de Ingreso Suplementaria (SSI)?
Las personas no ciudadanas que viven en los EE. UU. legalmente que cumplen con todos los requisitos de tener derecho es posible que puedan recibir a los beneficios del Seguro Social. Esta regla también se aplica a las personas no ciudadanas que están autorizadas para trabajar en los EE. UU. que obtuvieron un número de Seguro Social después de diciembre de 2003. Para obtener más información, visite nuestra página de Inmigración.
Las personas no ciudadanas de los EE. UU. deben cumplir con ciertos requisitos para continuar recibiendo beneficios fuera de los EE. UU. Suspendemos los pagos a las personas no ciudadanas que no cumplen con estos requisitos después de estar fuera de los EE. UU. durante 6 meses calendario consecutivos. Si detenemos sus pagos, no los comenzaremos nuevamente hasta que regrese a los EE. UU. y permanezca durante un mes completo de calendario. Para obtener más información, visite nuestra página de Programas Internacionales (solo disponible en inglés)
Algunos no ciudadanos pueden calificar para SSI (por sus siglas en inglés). Sin embargo, los requisitos de tener derecho de SSI son diferentes de los beneficios del Seguro Social.
Para obtener información sobre SSI, visite nuestras páginas Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) para las personas que no son ciudadanas de los EE. UU. o Enfoque en los beneficios de SSI para extranjeros (solo disponible en inglés).