¿Pueden los participantes de grupos religiosos ser exentos de pagar impuestos de Seguro Social?

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Los participantes de ciertos grupos religiosos (incluyendo los Amish y Menonitas) podrían tener derecho para ser exentos de pagar impuestos de Seguro Social. Para quedar exentos, deben:

  • Renunciar a su derecho para todos los beneficios bajo la Ley del Seguro Social, incluyendo los beneficios de seguro de hospital; y
  • Cumplir con los siguientes requisitos:
    • Ser participante de una comunidad religiosa reconocida que escrupulosamente esta opuesta a aceptar beneficios bajo un plan privado o sistema que ofrece pagos por defunción, incapacidad o jubilación, o que ofrece pagos para cubrir los costos de un plan médico o provee atención médica (incluyendo los beneficios de cualquier sistema de seguro establecido por el Seguro Social;
    • Ser participante de una comunidad religiosa que provee provisiones razonables para comida, albergue y atención médica para sus participantes dependientes, y que lo ha hecho sin interrupción desde el 31 de diciembre del 1950; y
    • Nunca ha recibido o ha tenido derecho a ningún beneficio pagable bajo los programas del Seguro Social.

Para solicitar la exención de los impuestos de Seguro Social, debe obtener el Formulario 4029—Application for Exemption From Social Security and Medicare Taxes and Waiver of Benefits (Solicitud de exención de impuestos del Seguro Social y Medicare y exención de beneficios, solo disponible en inglés) del Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Services, IRS, por sus siglas en inglés). Después, presente el formulario con la Administración del Seguro Social (la dirección está en el formulario).

El IRS aprobará o denegará la solicitud luego de que el Seguro Social determine si la comunidad religiosa del solicitante cumple con los requisitos para una exención.