¿Pueden mis beneficios de Seguro Social ser embargados para pagar pensión alimenticia, manutención de niños o restitución?
Podemos retener los beneficios del Seguro Social para cumplir con su obligación legal de pagar la manutención de niños, la pensión alimenticia o restitución. Las leyes estatales determinan la orden de embargo válida. Por ley, embargamos los beneficios mensuales actuales y continuos. No hacemos ajustes retroactivos.
No puede pedir una apelación al Seguro Social por implementar la orden de embargo. Si no está de acuerdo con el embargo, comuníquese con un abogado o representante en la corte donde la orden fue emitida.
Impuestos atrasados
El Departamento del Tesoro de los EE. UU. puede retener los beneficios de Seguro Social para cobrar las deudas tributarias federales vencidas. Puede utilizar:
- Un Aviso de Embargo para recaudar impuestos federales vencidos bajo la sección 6334 (c) del Código de Rentas Internas; o
- El Programa de Embargo de Pagos Federales para recaudar impuestos federales atrasados. Esto permite que el Departamento del Tesoro de los EE. UU. retenga hasta el 15 % de sus beneficios mensuales de Seguro Social hasta que su deuda sea pagada.
No puede apelar la reducción de un pago de beneficios de Seguro Social bajo la recaudación de impuestos al Seguro Social. Comuníquese con el Servicio de Impuestos Internos (IRS, siglas in inglés) al 1-800-829-7650 para discutir cualquier derecho de apelación que usted tenga.
Deudas atrasadas no-tributarias
El Departamento del Tesoro de los EE. UU. puede retener los beneficios del Seguro Social para cobrar deudas no tributarias debidas a otras agencias federales bajo la Ley de Mejora de Colección de Deudas de 1996 (Ley Pública 104-134). El Departamento del Tesoro de los EE. UU. administra está actividad y se comunicará con usted si tiene una deuda no tributaria.
No tenemos control sobre esta reducción en los beneficios de Seguro Social, y a no hay apelación disponible bajo la Ley del Seguro Social. Si tiene alguna otra pregunta sobre este tema, comuníquese con un empleado del Departamento del Tesoro de los EE. UU. al 1-800-304-3107.