¿Qué debo hacer si tengo una orden de embargo administrativo de sueldo (AWG)?
Si aún no le hemos enviado a su empleador un aviso para retener su pago disponible, puede llamarnos al número gratuito que se muestra en su estado de cuenta o a su oficina local del Seguro Social para hacer un plan de pago.
Si su empleador recibió el paquete de empleador de embargo administrativo de sueldo (AWG, por sus siglas en inglés), incluida la orden de embargo y el aviso (también debe recibir una copia), se le considera activo en AWG. Una vez que esté activo en AWG, permanecerá activo hasta que su deuda se pague por completo, a menos que presente una exención o una solicitud de reconsideración. Le enviaremos a su empleador un aviso de suspensión de AWG cuando su deuda ya no cumpla con nuestros criterios de selección.
Si su empleador no cumple con la orden de AWG, podemos entablar una acción civil contra él por cualquier cantidad que no retenga de su pago disponible. Su empleador también puede ser responsable de los honorarios de los abogados, los costos de la demanda y (a discreción del tribunal) los daños punitivos.
Si su embargo ordenado por la corte cambia, debe ir a su oficina local del Seguro Social (aunque el localizador de la oficina local solo está disponible en inglés, solo necesita ingresar su código postal para encontrar la oficina local más cercana) con una nueva orden judicial.
Para informase mejor acerca de embargo administrativo de salarios (AWG), vea Social Security Handbook - 1913 Recovery Efforts (solo disponible en inglés).